El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado 4 de julio los nuevos modelos para la presentación de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio de 2021 en el Registro Mercantil.
Principales novedades
Como principal novedad que trae la citada publicación en el BOE, los grupos consolidados que emitan valores cotizados deberán aplicar las denominadas NIC (normas internacionales de contabilidad) en el depósito de cuentas anuales. En el caso de los grupos que no están obligados a aplicar las NIC y, en los casos en los que las empresas individuales realicen la presentación de cuentas anuales según la normas contables que aplican en España, la nueva normativa alude a las novedades reflejadas en el Real Decreto 1/2021 por el que se modifica el Plan General de Contabilidad.
Esta nueva normativa tiene su marco de referencia en la adaptación parcial a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) – UE 9, en materia de instrumentos financieros y por la adaptación a la NIIF -15, en relación con los reconocimientos de ingresos.
Cambios en los formularios
Los cambios que trae la publicación en el BOE afectan directamente a los formularios consolidados de la cuenta de pérdidas y ganancias, el referente al estado de cambios en el patrimonio neto y de la memoria. En lo referente a las cuentas individuales, además de los estados financieros anteriores, también afecta al balance.
De manera excepcional y transitoria, en cuanto a la información sobre las cuentas individuales del ejercicio 2021, ha permanecido la obligatoriedad de presentar la hoja de declaración COVID-19. Dicho documento tiene como objetivo analizar la repercusión de la pandemia en las compañías, así como para valorar los efectos de las medidas económicas puestas en marcha para paliar sus efectos.
Finalmente, tal y como señala la nueva norma, la información no financiera deberá ser presentada de forma separada como el anexo del informe de gestión. En el caso de que las empresas hubieran iniciado su ejercicio con anterioridad al 1 de enero de 2021 y para aquellas que depositen las cuentas anuales antes de la entrada en vigor de la nueva orden, es decir, el 5 de julio de 2022, se podrán utilizar los modelos anteriores.
C/Caso nº 3 (Montecerrao)
33006 Oviedo
Asturias
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